¿Qué es el Comisionado Universitario?

El Comisionado Universitario es el órgano unipersonal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) establecido para velar por el respeto a los derechos y libertades de los estudiantes, docentes y personal administrativo y de servicio ante las actuaciones de los diferentes órganos universitarios, contribuyendo a la eficacia del derecho de petición y a la construcción de la ciudadanía universitaria.

La labor del comisionado apoya a los estudiantes a la construcción de la Ciudadanía Universitaria.

¿Quiénes pueden acudir al Comisionado?

Los y las estudiantes de la UNAH, incluidos los de reingreso no regular.
Los y las docentes de la UNAH, en todas sus categorías, incluyendo a los y las jubiladas.
El personal administrativo y de servicio, siempre y cuando la UNAH sea su patrono, nombrados y por contrato, incluyendo a los y las jubilados.
Los padres y madres de familia, o familiares responsables de estudiantes de la UNAH.
Los particulares que, temporalmente, estén recibiendo algún servicio de docencia, investigación o extensión de la UNAH.
Los y las egresadas universitarias, con ocasión de la solicitud de algún servicio de su alma máter.
Los y las aspirantes a estudiar o trabajar en la UNAH, que se hayan inscrito para la prueba de admisión o concursos públicos.

 ¿Cuándo acudir al Comisionado Universitario?

Cuando presumes que una autoridad universitaria (académica, docente, administrativa o de servicio) te ha violentado un derecho.
Cuando presumes que has recibido un mal servicio por parte de una dependencia de la UNAH.
Cuando has dirigido tus reclamamos por escrito ante esa autoridad o dependencia y ésta no ha respondido tu solicitud de forma oportuna, fundamentada y completa; o no se ha restituido tu derecho.

"El Comisionado no podrá atender solicitudes que busquen eximirte de un plazo o norma debidamente establecida por la institución".

Principios de actuación del Comisionado:


La labor del Comisionado Universitario se rige por cinco principios:

Independencia y autonomía: Sus actuaciones no estarán sometidas a mandato imperativo de ninguna instancia universitaria.


Neutralidad e imparcialidad: No está alineado con ningún sector de la Universidad y respeta el derecho de defensa.


Confidencialidad: Para proteger al quejoso, la información y los datos recabados pueden declararse confidenciales.


Informalidad: Está exento de solemnidades y rigorismos procesales innecesarios; es ágil, gratuito, flexible y no formalista.


Subsidiariedad y principio de legalidad: Ejerce su mandato en el contexto de las competencias de los otros órganos universitarios, sin sustituirlos.

 Modalidades de Intervención

Orientación: Es la que se brinda en aquellos casos en los que el asunto no está dentro del ámbito de competencia del Comisionado Universitario, o en la cual no se ha agotado ninguna gestión en la vía administrativa interna. En este tipo de casos se le aconseja al peticionario sobre cómo y dónde debe ejercitar su derecho.  

 

Solicitud: Es aquella en la que no se plantea la vulneración de un derecho o la prestación de un mal servicio, el Comisionado Universitario dará acompañamiento al usuario durante el proceso y podrá solicitar copia al usuario de la petición que presente para tener conocimiento de los hechos planteados.

 

Queja: Es aquella cuando el usuario considera que se le ha violentado un derecho o se le ha negado la prestación de servicio o cuando habiéndose dirigido formalmente ante una dependencia o servidor universitario o al superior jerárquico de éstos, no ha encontrado una respuesta pronta, fundamentada o completa.

 

Denuncia: Es el informe que el Comisionado Universitario remite a las instancias internas o externas competentes, al advertir, durante el conocimiento de un caso, la existencia de indicios sobre la comisión de una falta o ilícito administrativo-penal.

 

Mediación: El Comisionado podrá actuar como mediador en conflictos individuales o colectivos, que involucren a miembros o sectores de la comunidad universitaria, previo consentimiento de las partes.

 

Observación: El Comisionado podrá asistir como observador a las sesiones del Consejo Universitario y de cualquier otro órgano colegiado de la UNAH, incluyendo aquellas instancias interinstitucionales temporales o permanentes en que participe la UNAH.

 

Inspección: El Comisionado Universitario podrá asistir a cualquier lugar o espacio de la Universidad o del campus a petición de un usuario o interesado con el fin de corroborar algún hecho o circunstancia que haya ocurrido.

 

 

 

Contáctenos

Comisionado Universitario
Comisionado Universitario, Ciudad Universitaria tercer piso, Centro de Información y Servicios Estudiantiles (CISE), Contiguo a Control de Gestión.

En UNAH VS, Segundo piso, Edificio administrativo al subir gradas de frente al pasillo.

En Facultad de Ciencias Médicas, Edif. Ciencias Medicas, primer piso, Depto. de Salud Pública, Tel. 2216 3000 Ext, 100700

Comisionado Universitario en el CURLA, Edificio Escuela de Enfermería Tel. 2442 9500 Ext. 320050.

Unidad Contra el Acoso Sexual, Ciudad Universitaria tercer piso, Centro de Información y Servicios Estudiantiles (CISE), Contiguo a Control de Gestión.
comisionado@unah.edu.hn
(504) 2216-3017, 2216-3018 y 2216-3019
Ext. 100408, 100409, 100410, 100411, 100412, 100413, 100414,100415, 100700, 300029, 30030, 320050
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