¿Qué es el Comisionado Universitario?
El Comisionado Universitario es el órgano unipersonal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) establecido para velar por el respeto a los derechos y libertades de los estudiantes, docentes y personal administrativo y de servicio ante las actuaciones de los diferentes órganos universitarios, contribuyendo a la eficacia del derecho de petición y a la construcción de la ciudadanía universitaria.
La labor del comisionado apoya a los estudiantes a la construcción de la Ciudad
La labor del comisionado apoya a los estudiantes a la construcción de la Ciudadanía Universitaria.
¿Quiénes pueden acudir al Comisionado?
Los y las estudiantes de la UNAH, incluidos los de reingreso no regular.
Los y las docentes de la UNAH, en todas sus categorías, incluyendo a los y las jubiladas.
El personal administrativo y de servicio, siempre y cuando la UNAH sea su patrono, nombrados y por contrato, incluyendo a los y las jubilados.
Los padres y madres de familia, o familiares responsables de estudiantes de la UNAH.
Los particulares que, temporalmente, estén recibiendo algún servicio de docencia, investigación o extensión de la UNAH.
Los y las egresadas universitarias, con ocasión de la solicitud de algún servicio de su alma máter.
Los y las aspirantes a estudiar o trabajar en la UNAH, que se hayan inscrito para la prueba de admisión o concursos públicos.
¿Cuándo acudir al Comisionado Universitario
Cuando presumes que una autoridad universitaria (académica, docente, administrativa o de servicio) te ha violentado un derecho.
Cuando presumes que has recibido un mal servicio por parte de una dependencia de la UNAH.
Cuando has dirigido tus reclamamos por escrito ante esa autoridad o dependencia y ésta no ha respondido tu solicitud de forma oportuna, fundamentada y completa; o no se ha restituido tu derecho.
El Comisionado no podrá atender solicitudes que busquen eximirte de un plazo o norma debidamente establecida por la institución.
Principios de actuación del Comisionado:
La labor del Comisionado Universitario se rige por cinco principios:
Independencia y autonomía: Sus actuaciones no estarán sometidas a mandato imperativo de ninguna instancia universitaria.
Neutralidad e imparcialidad: No está alineado con ningún sector de la Universidad y respeta el derecho de defensa.
Confidencialidad: Para proteger al quejoso, la información y los datos recabados pueden declararse confidenciales.
Informalidad: Está exento de solemnidades y rigorismos procesales innecesarios; es ágil, gratuito, flexible y no formalista.
Subsidiariedad y principio de legalidad: Ejerce su mandato en el contexto de las competencias de los otros órganos universitarios, sin sustituirlos.